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13 de noviembre de 2025 · 07:40

La Justicia de Tucumán prohibió a un medio televisivo emitir críticas a fiscales y jueces durante seis meses

SAN MIGUEL DE TUCUMAN. La denuncia fue presentada por el jefe de los fiscales, Edmundo Jesús Jiménez, al considerar que hubo una “campaña de hostigamiento” en su contra. La decisión judicial generó reacciones negativas d

La Justicia de Tucumán prohibió a un medio televisivo emitir críticas a fiscales y jueces durante seis meses

SAN MIGUEL DE TUCUMAN. La denuncia fue presentada por el jefe de los fiscales, Edmundo Jesús Jiménez, al considerar que hubo una “campaña de hostigamiento” en su contra. La decisión judicial generó reacciones negativas de los sectores de prensa.

La Justicia de Tucumán dictó como medida cautelar prohibir al canal de televisión Compañía de Circuitos Cerrados S.A. (CCC) y a los trabajadores de dicha empresa realizar críticas a jueces y fiscales. La decisión judicial generó reacciones negativas y la Asociación de Prensa (APT) de esa provincia calificó que el fallo constituye “un atentado directo a la libertad de prensa y al derecho de la ciudadanía a estar informada”.

La resolución, firmada por el juez subrogante Lucas Taboada, prohíbe durante seis meses a una de las principales empresas de comunicación de Tucumán y a su personal emitir contenidos que desacrediten o cuestionen la labor de fiscales y jueces provinciales. El fallo advierte que cualquier incumplimiento será sancionado por "desobediencia judicial".

La sentencia, fechada el 4 de noviembre, responde a una denuncia presentada por el ministro fiscal de la Corte Suprema Provincial, Edmundo Jesús Jiménez, contra Gustavo Aníbal Gabriel Olarte, director y presidente de CCC. Se lo acusa de “entorpecer y ofender el ejercicio de funciones públicas, ejercer coacción institucional e incitar a la violencia o al descrédito institucional” a través de su labor periodística.

El conflicto de fondo surge por el malestar del jefe de los fiscales tucumanos, luego de que en distintas entrevistas y programas emitidos por CCC se cuestionara el desempeño de los fiscales alineados con Jiménez en "causas de alto perfil público". Según la sentencia, el propietario del medio de comunicación habría "llevado a cabo una campaña pública de hostigamiento y ataque mediático contra distintos fiscales”.

El texto agrega que en CCC se compartirían “expresiones tendenciosas, descontextualizadas y maliciosas” con la intención de distorsionar hechos investigados y el objetivo de “socavar la confianza pública en la administración de justicia”.

El gobernador de Tucumán, Osvaldo Jaldo, al ser consultado sobre la controversial resolución, respondió ante la prensa: “Son decisiones de tipo judicial que están en el ámbito de otro poder. Por lo tanto, yo, como gobernador, soy respetuoso de las decisiones”.

Además, consideró que “hay caminos judiciales para revertir esa medida, si es que alguien entiende que es injusta o que tiende a amordazar la libertad de prensa. Tienen la vía judicial. Y esto es lo bueno que tiene la democracia y que hoy los poderes del Estado estén funcionando a pleno”, remarcó.

En paralelo, el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) cuestionó la medida y planteó que “afecta claramente el derecho a la información de la ciudadanía”, y su aplicación “pondría en riesgo la libertad de expresión y de prensa, derechos de raigambre constitucional, además de representar un claro acto de censura previa”.

Por su parte la APT señaló en un comunicado: “La Constitución Argentina en su art. 14 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos en el art. 13 son contundentes al prohibir toda clase de censura previa directa o indirecta como garantía de la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. Esta garantía se refuerza cuando se trata de asuntos de interés público y funcionarios públicos”.

Y concluye: “Por dicho motivo, no es viable ninguna clase de censura previa legislativa, administrativa o judicial. Solo proceden las responsabilidades ulteriores que puede generar lo expresado siempre que estén fijadas por ley y sean proporcionales”.

Fuente: Perfil

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