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5 de mayo de 2023 · 18:39

La justicia falló a favor de la AFIP y un empresario correntino deberá pagar el Aporte Solidario

Se trata de un empresario correntino alcanzado por la norma que obligaba a pagar, de acuerdo a alícuotas crecientes, un porcentaje según la magnitud de su patrimonio, siempre y cuando sea superior a los 200 millones de p

La justicia falló a favor de la AFIP y un empresario correntino deberá pagar el Aporte Solidario
Se trata de un empresario correntino alcanzado por la norma que obligaba a pagar, de acuerdo a alícuotas crecientes, un porcentaje según la magnitud de su patrimonio, siempre y cuando sea superior a los 200 millones de pesos.
La justicia federal de Corrientes falló a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en una causa iniciada por un contribuyente que se oponía a pagar el Aporte Solidario y Extraordinario a las grandes fortunas. La cámara de apelaciones de esa provincia hizo lugar al recurso de apelación que había interpuesto el organismo conducido por Carlos Castagneto y, de esta manera, revocó la sentencia de primera instancia que había declarado inconstitucional la contribución por única vez para combatir los efectos de la pandemia de coronavirus sancionada en diciembre de 2020.

Se trata de un empresario correntino alcanzado por la norma que obligaba a pagar, de acuerdo a alícuotas crecientes, un porcentaje según la magnitud de su patrimonio, siempre y cuando sea superior a los 200 millones de pesos. El objetivo de la iniciativa consiste en obtener recursos genuinos para el financiamiento de políticas públicas para la salud, la reactivación económica y proyectos de áreas estratégicas como la energética.

En 2021, el contribuyente presentó una medida cautelar contra el Aporte, la cual fue concedida por la justicia en primera instancia y prorrogada en diversas oportunidades. Ahora la Cámara Federal de Corrientes consideró que no hay “prueba contundente” sobre el perjuicio que le generaría pagar la contribución, por lo que resolvió revocar el dictamen. En ese sentido, argumentó que la supuesta “superposición” con otros impuestos no lo convierte de por sí en inconstitucional.

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